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Consejo Nacional de la Universidad Peruana (CNUP)

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Información sintética sobre la institución    [ID: 3794]

Nombre:
Consejo Nacional de la Universidad Peruana (CNUP)
Categoría:
Enseñanza » Universidades y centros de estudio e investigación
Sector:
Privado
Descripción:
La Ley Orgánica de la Universidad Peruana N° 17437 del 18 de febrero de 1969 emitida por Velasco, proclama el carácter estrictamente nacional y científico de la universidad frente a los problemas del país. Crea el Consejo Nacional de la Universidad Peruana (CONUP), reemplazando al CI; integrado por los rectores de la U. San Marcos, U. San Antonio Abad, la U. de Trujillo, la U. de Ingeniería y la U. Agraria de Lima, U. San Agustín de Arequipa, U. Técnica de la Amazonía Peruana de Loreto, U. Católica del Perú y U. Cayetano Heredia de Lima. Depende del CONUP, el Fondo Nacional de la Universidad Peruana encargado de la administración y promoción económica y financiera cuyo Consejo Administrador dependía del Ministerio de Educación. Quedó abolido el cogobierno.Esta ley reconoce 22 universidades nacionales y 12, particulares.
País:
Perú
 

Actividades en las que está implicada

Actividad: Reuniones de trabajo para la discusión de la estrategia de réplica y validación del protocolo de actuación intercultural en Ucayali y Loreto
Código: JU210R1164IDL
Año/PAA: 2014
Área Temática: Justicia
Lugar: Pucallpa (Loreto); Iquitos (Ucayali) (Perú)
Fecha: 2014-06-18 - 2014-06-20
Función: Participa
Consorcio liderado por: Socios coordinadores: UE
FIIAPP APC ENAP FEI GIZ IILA SICA
Aviso Legal
PARTICIPAN MÁS DE 80 SOCIOS OPERATIVOS Y ENTIDADES COLABORADORAS DE EUROPA Y AMÉRICA LATINA